Guadalajara, Jalisco. México
Octubre 2024
10, 11, 12 y 13

Reglamento de ventas y exhibición 2024

Si estás interesado en participar en nuestros espacios de venta y exhibición, deberás leer atentamente este reglamento. Revisión Junio 2024.

La participación de vendedores y artistas en nuestras dinámicas de ventas y exhibición está condicionada a la aceptación y respeto en todo momento de este reglamento, sin excepciones.

Al mencionar “Espacios autorizados” nos referimos a los espacios designados en el recinto de la convención para montaje de stands y/o exhibición de materiales, en cualquiera de las dinámicas de exposición disponibles; las cuales son: Dealers Den, Artist Alley, Night Market y Art Show. Dentro de los espacios autorizados, están los Espacios generales, que son aquellos orientados a público de todas las edades (Dealers Den, Artist Alley y Art Show en su sección general), y los Espacios para adultos (Night Market y Art Show en su sección para adultos), que son aquellos orientados a mayores de 18 años y en dónde existe un control de acceso.

Se considera “exhibición” al conjunto de materiales dispuestos para venta o presentación en las dinámicas mencionadas, sin importar su naturaleza o formato.

Las reglas y lineamientos aquí expuestos se han redactado con la intención de promover la mejor experiencia en el desarrollo de las exhibiciones. Cada participante es responsable de su exhibición, por lo que Confuror y su comité organizador no se responsabilizan por las ventas o intercambios, derechos sobre el contenido o afectaciones de cualquier tipo causadas por los contenidos o productos.

La responsabilidad de cada participante no solo se limita al contenido que exponen, sino también a procurar por su propia cuenta los insumos y materiales como podrán ser extensiones o accesorios de montaje que se consideren necesarios para su exhibición. Confuror solo proporcionará aquellos materiales que detalle de forma explícita en las convocatorias o confirmaciones de participación.


1. Términos generales

  • 1.1 Todo aspirante a expositor en Confuror deberá presentar una solicitud en tiempo y forma según los lineamientos de las convocatorias correspondientes, usando datos completos y verificables. La aceptación de dicha solicitud quedará sujeta a los términos de este reglamento y a la evaluación que el staff realice. Confuror se reserva el derecho de admitir o rechazar cualquier solicitud con base en sus objetivos, materiales presentados, o por conveniencia del evento. La decisión del comité responsable de esta evaluación será inapelable.

  • 1.2 Todo aspirante a las dinámicas de exhibición y ventas de Confuror que cuente con una solicitud aceptada deberá cubrir en el tiempo indicado y por el medio establecido, el costo de la tarifa de inscripción que corresponda, con el fin de transformarse en “Participantes”. De lo contrario, su solicitud podrá ser anulada y perderá su lugar asignado.

  • 1.3 Los participantes deberán presentarse durante los días y horario acordados. Así como respetar en la mejor forma cualquier acuerdo u oferta que hagan a los asistentes del evento. La omisión de esto podría implicar una suspensión vitalicia de su participación en futuras dinámicas de exhibición y ventas.

  • 1.4 No se permitirá montar exhibiciones para venta de materiales fuera de los espacios autorizados. Cualquier exhibición con propósito de venta que no cuente con una autorización explícita por la mesa directiva de Confuror será retirada y podrá causar la remoción del badge de acceso a la convención. Quedan exentas las entregas o intercambios acordados por medios electrónicos.

  • 1.5 Se deberá respetar el espacio asignado por solicitud. El montaje no podrá exceder las dimensiones permitidas o invadir espacios aledaños de ninguna forma. Tampoco deberá atentar contra las normas de instalación en el recinto. Si el montaje requiere materiales adhesivos o perforantes, se deberá consultar al staff antes de su instalación. Cualquier daño al mobiliario del recinto causado por el montaje u operación de la exhibición deberá ser cubierto por el titular de la solicitud.

  • 1.6 Los materiales que conformen la exhibición deberán apegarse a los lineamientos descritos en el apartado de “Materiales permitidos” según el tipo de espacio, de lo contrario, se solicitarán acciones correctivas. La reincidencia podrá causar una suspensión total de la exhibición.

  • 1.7 Solo estará permitida la exposición de materiales de los participantes previamente autorizados en la solicitud de cada espacio. No se permitirá inclusión de ultimo momento de materiales pertenecientes a expositores ajenos a la solicitud original del espacio.

  • 1.8 Los titulares y participantes del área de ventas y exhibición aceptan cumplir los lineamientos descritos en este reglamento y acatar las indicaciones del staff respecto al montaje u operación de su exhibición. Confuror se reserva el derecho de suspender cualquier exhibición que a nuestro criterio no cumpla con este reglamento, sin responsabilidad de retribución alguna.


2. Materiales permitidos

  • 2.1 Para poder ser admitidos y mantener vigente su autorización, los materiales que presenten los aspirantes en su solicitud y exhibición deberán cumplir con las siguientes características fundamentales:

    • 2.1.a Que sea Furry; los materiales presentados deberán ser de temática Furry o relacionarse de alguna forma con el Furry Fandom. Definiéndose como temática Furry todo aquello que contenga elementos o personajes con estética zoomorfa, o derivados de animales, incluyendo especies reales o fantásticas. Así como artefactos o dispositivos que cumplan algún propósito en el Fandom o resulten de interés para la comunidad Furry.

    • 2.1.b Para todas las edades / manejo responsable; En los espacios generales no se permitirá la exhibición de materiales con propósito o contenido para adultos. El material expuesto a libre vista deberá ser apto para todo el público. En caso de contar con materiales no aptos para todo el público, deberán manipularse con responsabilidad y apegarse a los lineamientos expuestos en el apartado de “Contenido Sensible”.

    • 2.1.c Autoría y originalidad; los titulares deberán poseer los derechos de autor o la autorización explícita para explotar los recursos gráficos, diseños y creaciones que presenten como mercancía o estén incluídos en la misma, así como de cualquier material que forme parte de su exhibición. Los artículos que contengan impresiones de escenas de obras registradas o ilustraciones de terceros están prohibidos. Confuror se deslinda de cualquier conflicto derivado del uso inapropiado del copyright en los materiales que los vendedores o artistas introduzcan al evento.

    • 2.1.d Énfasis en la creación propia y humana; No serán elegibles para exposición en Confuror los materiales que deriven de procesos informáticos como generadores de imágenes o recomposición manual o automática; así como texto, video o imágenes que hayan sido producidos por cualquier herramienta con tecnología de “Inteligencia Artificial”.

  • 2.2 Las reglas sobre artículos prohibidos indicadas en el Código de Conducta del evento aplican también a los artículos de venta, sin excepción. Estará prohibido cualquier material cuya operación represente un riesgo de seguridad o salud para los asistentes.

  • 2.3 En los espacios generales, se prohíbe la portación, exhibición o venta de accesorios o artefactos que tengan una finalidad sexual o erótica. Quedan exentos aquellos artículos que promuevan prácticas de salud sexual siempre y cuando se distribuyan de forma gratuita y se cuente con autorización para ello.

  • 2.4 Se dará preferencia a las solicitudes que contengan material de creación original. Las solicitudes que presenten artículos “colleccionables”, de fábricación industrial y/o con uso de propiedad intelectual ajena al fandom, en las que los titulares solo tengan el papel de “distribuidores”, quedarán a reserva del equipo evaluador para su autorización en función del espacio disponible. Nuestro Fandom y sus creativos van primero.


3. Contenido sensible

  • 3.1 Se consideran de naturaleza sensible todos los contenidos que incluyan desnudos totales o parciales, así como elementos eróticos, sexualidad explícita, violencia extrema o uso de drogas.

    • 3.1.a Podrán quedar exentos de esta denominación, y por ello de censura o limitación de uso, aquellos contenidos que integren personajes desnudos parcial o totalmente, siempre y cuando el foco de la obra no sean los genitales de dichos personajes.

    • 3.1.b Queda a discreción del staff la autorización para exhibición de cualquier material en función de su naturaleza, mensaje o interpretación. Será responsabilidad de los expositores consultar anticipadamente al staff y acatar las indicaciones respecto al uso de sus contenidos.

  • 3.2 El material gráfico usado en la decoración de la exhibición o que resulte expuesto como ejemplo de los materiales ofrecidos, deberá ser apto para todo el público.

  • 3.3 No se permitirá promocionar la disponibilidad de “comisiones” (ilustraciones por encargo) utilizando contenido sensible como ejemplos; visual o descrito. Las ilustraciones que en su solicitud incluyan contenido sensible deberán tratarse en privado y evitar producirse dentro de los espacios públicos de la convención.

  • 3.4 Con tal de poder exhibirse, cualquier material cuyo contenido sea de naturaleza sensible deberá estar censurado superficialmente.

    • 3.4.a Si pese a la censura superficial aún resultara evidente a simple vista el contenido sensible del material, solo podrá exhibirse mediante un portafolio cerrado y debidamente etiquetado como “solo para adultos” o “+18”. Al hojear dicho portafolio no deberán quedar expuestos a simple vista los elementos sensibles de los contenidos.

    • 3.4.b Si por la forma o composición del material que se pretende exhibir no fuese posible censurarlo de manera superficial o archivarlo en un portafolio controlado, no se permitirá su exhibición. Dichos elementos deberán permanecer ocultos y su promoción o venta deberá realizarse de la forma más discreta posible.

  • 3.5 Obras como libros, cómics, fanzines o revistas cuyo contenido esté enfocado para adultos o sea de naturaleza sensible podrán exhibirse únicamente sí sus portadas y contraportadas no muestran contenido sensible, o se encuentran censuradas en su totalidad.

  • 3.6 El acceso para consulta o adquisición de portafolios o impresos con materiales sensibles deberá estar condicionado a la comprobación de la mayoría de edad de los asistentes. Será responsabilidad de los expositores solicitar una identificación oficial que compruebe la mayoría de edad de los interesados antes de conceder el acceso a cualquier material sensible o realizar alguna transacción que los involucre. La omisión de esta comprobación se considerará una falta grave y podrá significar la suspensión definitiva de la exhibición.

  • 3.7 La entrega de artículos cuyo contenido o propósito sea de naturaleza sensible deberá realizarse con empaques o bolsas opacas. El uso de bolsas de papel/cartón es recomendable para reducir el impacto al medio ambiente.

  • 3.8 Queda exento de censura o limitación de uso todo el material que pertenezca al montaje o exhibición que se realice en los espacios designados exclusivamente para adultos. Unicamente en dichos espacios se permitirá ofertar o producir ilustraciones por encargo con contenido sensible y sin restricción en la muestra de ejemplos o descripción; así como exhibir u ofertar accesorios o artefactos que tengan una finalidad sexual o erótica.

  • 3.9 También queda exento de censura aquel material que haya sido seleccionado por el staff para integrarse en una exhibición curada. Presentándose como es, según la visión de su creativo. Dichos contenidos serán seleccionados siempre a criterio del staff y en consideración de las características del espacio.


4. Reglas particulares por categoría

Las siguientes reglas solo aplican para cada categoría en la que se mencionan.

  • 4.1 Dealers Den:

    • 4.1.a Para poder presentar una solicitud al Dealers Den y llevar a cabo la exhibición, será necesario contar con registro como asistente a la convención y ser mayor de edad. En caso de que la solicitud no resulte aceptada y el titular desee anular su registro al evento, podrá hacerlo bajo las disposiciones vigentes de nuestros términos de servicio.

    • 4.1.b El número máximo de expositores permitidos por exhibición será de 2 para una mesa, 3 para un Stand y 4 para un stand Doble. Esto incluye al titular de la exposición y a cualquier expositor participante; se podrán hacer excepciones con los auxiliares de operación siempre y cuando no aporten contenido a la exposición.

    • 4.1.c Al finalizar el día, los operadores podrán elegir desmontar su exhibición de manera total o parcial. El salón quedará cerrado bajo llave y no se concederá acceso a nadie hasta el día siguiente. Se permitirá almacenar artículos en cada uno de los espacios, pero Confuror se deslinda de la responsabilidad de los mismos.

  • 4.2 Artist Alley:

    • 4.2.a Para poder presentar una solicitud al Artist Alley y llevar a cabo la exhibición, será necesario contar con registro como asistente a la convención y ser mayor de edad. En caso de que la solicitud no resulte aceptada y el titular desee anular su registro al evento, podrá hacerlo bajo las disposiciones vigentes de nuestros términos de servicio.

    • 4.2.b Los espacios ofrecidos en el Artist Alley son individuales. Solo estará permitida la permanencia de un expositor por espacio, sin operadores adicionales.

    • 4.2.c Solo se permitirá montar exhibición los días que se tengan asignados. Cada expositor será asignado a un grupo, el cual contará con días y horarios específicos para montaje. El grupo será asignado de forma aleatoria después de confirmada la solicitud. Las exhibiciones que se monten en días no autorizados serán retiradas.

    • 4.2.d Cada grupo asignado contará con un total de 12 horas de exhibición repartidas en tres sesiones de cuatro horas cada una. El expositor podrá decidir a su conveniencia si desea cubrir la totalidad de sus horas o no. Pero no podrá invadir o cambiar de turno o día, de manera arbitraría.

    • 4.2.e Cada expositor contará con un lugar asignado en los días y horarios que correspondan a su grupo. Dicho lugar estará indicado mediante un letrero. No estará autorizado que los expositores cambiar su lugar o tomen lugares adicionales que no les correspondan.

    • 4.2.f Todos los artistas deberán desmontar por completo sus exhibiciones al finalizar su sesión y retirar todos sus materiales. No se podrán dejar materiales almacenados o montados en los espacios del Artist Alley

  • 4.3 Night Market:

    • 4.3.a Para poder presentar una solicitud al Night Market y llevar a cabo la exhibición, será necesario contar con registro como asistente a la convención y ser mayor de edad. En caso de que la solicitud no resulte aceptada y el titular dese anular su registro al evento, podrá hacerlo bajo las disposiciones vigentes de nuestros términos de servicio.

    • 4.3.b El número máximo de expositores permitidos por exhibición es de 2. Esto incluye al titular de la exposición y a cualquier expositor participante; se podrán hacer excepciones con los auxiliares de operación siempre y cuando no aporten contenido a la exposición.

    • 4.3.c Se permitirá la exhibición de contenido de naturaleza sensible, ofertar o producir ilustraciones por encargo con contenido sensible; así como exhibir u ofertar accesorios o artefactos que tengan una finalidad sexual o erótica.

    • 4.3.d Cada expositor contará con un espacio asignado para la noche y horario del Night Market. No estará autorizado que los expositores cambiar su lugar o tomen lugares adicionales que no les correspondan.

  • 4.4 Art Show:

    • 4.4.a Para poder presentar una o varias obras en el Art Show, será necesario contar con registro como asistente a la convención e inscribirse como artista en la convocatoria; posteriormente, inscribir cada una de las piezas que se desee exponer. La participación en el Art Show no tiene costo.

    • 4.4.b El staff se reserva el derecho de negar la exhibición de cualquier pieza que a su criterio no cumpla con los requisitos necesarios para ser exhibida.

    • 4.4.c Las obras deberán ser de completa autoría de quien las presenta o en caso de tratarse de una colaboración, contar con el consentimiento de los colaboradores y su acreditación explícita. Queda descartada la participación de obras que se produzcan mediante generadores de imágenes o “filtros” de IA.

    • 4.4.d Se permitirá la exhibición de contenido de naturaleza sensible en el área designada para tal propósito. Será el staff quien determinará qué obras se colocarán en la sección general y cuales en la sección +18 en función de su naturaleza, mensaje o interpretación.

    • 4.4.e Confuror no intervendrá en un proceso de venta sobre aquellas obras que así se anuncien. El espacio proporcionado para la exhibición operará únicamente como un medio de responsabilidad limitada para exponer la información de contacto de los artistas hacia sus posibles compradores.

    • 4.4.f Las obras listadas para la subasta de caridad serán vendidas al precio y al comprador que se determine durante la subasta. El 100% de la venta será destinado a la organización de caridad elegida por la convención. El autor de la obra no recibirá ningún porcentaje de la venta o tendrá control sobre la decisión del precio o comprador. Se acreditará al autor de la obra durante la subasta y también como contribuyente a la donación.

    • 4.4.g Por seguridad, solo se recibirán o entregarán obras directamente a los autores registrados. Será necesario presentarse con una identificación personal para retirar cualquier pieza.

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